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Quien ejecuta el pago debe cumplir los deberes formales, aunque los recursos no sean propios

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales precisó, mediante el Concepto 001220 de 2026, que la entidad que administra recursos de terceros y realiza materialmente los pagos es la responsable de cumplir las obligaciones formales asociadas, como el reporte de información exógena, la expedición de documentos soporte y la emisión de certificados de ingresos y retenciones. La titularidad económica de los recursos no modifica esta obligación. Este pronunciamiento es clave para organizaciones que operan fondos o ejecutan pagos por cuenta de terceros, pues refuerza que la responsabilidad formal recae en quien tiene el control operativo de la transacción.