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Impuesto sobre la renta gasto originado por el castigo de cartera

PROBLEMA JURÍDICO

    ¿Es deducible del impuesto sobre la renta el gasto originado por el castigo de cartera, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011 (modificado por el artículo 330 de la Ley 2294 de 2023)?

    TESIS JURÍDICA

    El gasto originado por el castigo de cartera, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011 (modificado por el artículo 330 de la Ley 2294 de 2023), es deducible del impuesto sobre la renta en tanto satisfaga lo exigido por los artículos 145 y 146 del Estatuto Tributario y su reglamentación.

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