
Mediante la Resolución 000213 del 23 de mayo de 2025, la DIAN estableció un calendario excepcional para la presentación de la información exógena del año gravable 2024, debido a la contingencia técnica declarada el 13 de mayo. Además, modificó el artículo 70 de la Resolución 000162 de 2023, definiendo que, en adelante, los obligados podrán presentar la información dentro de los ocho días hábiles siguientes a la reactivación oficial de los servicios, sin que ello implique sanción por extemporaneidad.