(Tributario) (Int 1064) Impuesto Sobre las Ventas (IVA) - Aplicación Decreto Legislativo 1267 de 2023, "por el cual se adoptan medidas temporales para la reactivación del turismo en el departamento de La Guajira, en el marco del Estado de Emergencia, Social y Ecológica" oficio_dian_17380_2023Descarga
1. Una Sociedad SAS en Dic/2023 envía a todos sus empleados a vacaciones colectivas, como consecuencia de ello a algunos empleados que aún no tienen derecho por no cumplir el año de servicio se les pagan vacaciones anticipadas a. Para efectos del impuesto de renta 2023 es deducible en RENTA este pago anticipado de vacaciones a empleados? b. En la nómina electrónica de Diciembre de 2023 como se reporta este pago de vacaciones anticipadas teniendo en cuenta que no constituye un gasto aun? c. Para el caso de un empleado que ingreso en Julio de 2023 Y al corte de diciembre tendría derecho a 7 días de vacaciones, pero como le pagan por anticipado 15 días ( los cuales incluyen los 7 que ya tenia el derecho) como se reportan…
1.1.1.1. ¿Qué son los criptoactivos? El concepto de criptoactivos se ha empleado como el término genérico para denominar a ciertos activos, criptográficamente seguros, cuyo uso o propiedad es frecuentemente registrado en una cadena de bloques (blockchain) conocida como un libro público de contabilidad (distributed ledger) y cuyo objeto principal es realizar transacciones de manera rápida, segura y sin ningún intermediario. Así, de conformidad con su propósito y naturaleza particular, existen diferentes tipos de criptoactivos tales como valores negociables “tokenizados”, security tokens, utility tokens, asset tokens y tokens con finalidad de pago (estabilizados y no estabilizados), entre otros. Para efectos tributarios, los criptoactivos: (i) son considerados como bienes inmateriales o incorporales, susceptibles de ser valorados, (ii) forman parte del patrimonio, y (iii) pueden conducir a la obtención de ingresos. Concepto-Unificado-DIAN-1621-de-2023-CriptoactivosDescarga
“(…) En el marco de la Ley 788 de 2002 artículo 96, modificado por el artículo 138 de la Ley 2010 de 2019 reglamentado por el Decreto 540 de 2004, se configuró un programa de utilidad común en Colombia, se cumple con la normatividad vigente para que dichos recursos sean exentos de impuestos, sin embargo el manejo contable de los recursos entregados por la Fundación Donante del exterior no es clara y tampoco se encuentra algún tipo de norma o técnica contable referente al tema. En ese sentido, la primera consulta se refiere al tratamiento y manejo contable que se le debe dar a los recursos recibidos. ¿Si son parte del ingreso o se manejan en un pasivo como ingresos recibidos para terceros?, entendiendo que la realidad económica de la…
y siguientes, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega. Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución del 11 al 20 de octubre de 2023, a través del siguiente buzón de correo electrónico: subdir_analisis_opera_programas@dian.gov.co Este formulario es de uso exclusivo para recibir únicamente comentarios al proyecto de resolución, favor abstenerse de enviar comunicaciones diferentes. Una vez vencido el termino de publicación aquí previsto no se recibirán comentarios. Descarga aquí el Proyecto de Resolución
Por medio de la cual se modifica el artículo 855 del Estatuto Tributario y demás normas relacionadas con la devolución y/o compensación por saldos a favor originados en las declaraciones o actos administrativos del impuesto sobre la renta y complementarios, y se dictan otras disposiciones Término para efectuar la devolución. La Administración de Impuestos deberá devolver, previa las compensaciones a que haya lugar, los saldos a favor originados en los impuestos sobre la renta y complementarios dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de presentación de la declaración de renta sin necesidad de mediar la solicitud y sobre las ventas, dentro de los cincuenta (50) días siguientes a la fecha de solicitud de devolución presentada oportunamente y en debida forma. PL-184-23-Saldos-Impuesto-RentaDescarga
This informative flash has been prepared by the Sub-Directorate of Regulations and Doctrine of the Legal Management Directorate of the DIAN, to keep the general public updated on the most relevant and recent doctrinal pronouncements on the interpretation of tax, customs and exchange regulations within the competence of this Entity. In order to access the text of the concept or official opinion, you may access the respective concept or official opinion number on the web page www.dian.gov.co by accessing the "Regulations" - "Doctrine" icon, clicking on the link "Doctrine of the Legal Management Directorate". DoctriFlash-24-September-2023Download
"An entity shall recognize a deferred tax asset or liability for the tax recoverable or payable in future periods as a result of past transactions or events. This tax arises from the difference between the carrying amounts of the entity's assets and liabilities in the statement of financial position and the amounts attributed to them by the taxation authorities (these differences are called "temporary differences"), and the offset of unused tax losses or credits from prior periods". Temporary differences are not required to be recorded in the accounting.(...)What should be recognized are the deferred tax asset or liability, whose measurement is determined by the positive rates applied to the temporary differences: "An entity shall measure a liability (or asset)....
Free zones are defined in Article 1° of Law 1004 of 20051 as a delimited area of the national territory that, for purposes of taxes on imports and exports, is considered outside the national customs territory. In that line, in accordance with paragraph 2 of article 11 of Decree 2147 of 2016, goods that are introduced into a free zone are considered outside the national customs territory only for purposes of customs taxes on imports and exports. However, this does not detract from the fact that such goods, for all other legal purposes, are in the national territory. International commercialization companies, on the other hand, are regulated by Law 67 of 1979 and have the purpose of...