
La DIAN aclaró que los equipos, maquinaria y vehículos ingresados a zonas francas que resulten defectuosos o inutilizables sí pueden ser destruidos, siempre que el Usuario Operador asuma la responsabilidad del proceso y garantice que estos bienes no ingresen al resto del país. Sin embargo, si el destino final es el Territorio Aduanero Nacional, será obligatorio adelantar el trámite de importación y pagar los impuestos correspondientes, una precisión clave para las empresas que operan bajo este régimen especial y gestionan activos fijos en zona franca
