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Deducibilidad de servicios intercompañía: señales del Consejo de Estado para contribuyentes

Una reciente sentencia del Consejo de Estado vuelve a poner en primer plano el tratamiento tributario de los pagos al exterior en el marco del impuesto de renta y del CREE (año 2015). El pronunciamiento se centra en la deducibilidad de erogaciones vinculadas a servicios intercompañía de administración y dirección, destacando la importancia de la retención en la fuente y de la adecuada demostración de la realidad y necesidad de los servicios. La decisión introduce elementos relevantes para compañías con operaciones internacionales, especialmente en lo relacionado con soporte documental, sustancia económica y riesgos fiscales asociados.