Por la cual se prescribe el Formulario No. 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo de Pensiones” para los años gravables 2023 y siguientes

Por la cual se prescribe el Formulario No. 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo de Pensiones” para los años gravables 2023 y siguientes

Novedades
Artículo 1. Prescripción del Formulario No. 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones” para los años gravables 2023 y siguientes. Prescribir el Formulario No. 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones” para los años gravables 2023 y siguientes, diseño que forma parte integral de la presente Resolución. El Formulario No. 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones” para los años gravables 2023 y siguientes a que se refiere este artículo, podrá ser producido por las diferentes casas impresoras o diseñado por los empleadores o contratantes de servicios personales para ser expedido por computador, siempre y cuando se conserve la distribución y el contenido de la información exigida. Resolucion-0022_DIAN_F-220_20feb2024-1Descarga
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La DIAN publicó la tercera compilación de la doctrina oficial sobre la Reforma Tributaria de 2022 (Ley 2277)

La DIAN publicó la tercera compilación de la doctrina oficial sobre la Reforma Tributaria de 2022 (Ley 2277)

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El documento fue elaborado por la Subdirección de Normativa y Doctrina. ​El documento fue elaborado por la Subdirección de Normativa y Doctrina y sirve para facilitar a la ciudadanía la búsqueda y consulta de los conceptos generales emitidos sobre la Ley 2277 de 2022, en aras de promover el entendimiento y cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.  Esta tercera versión recoge los conceptos generales sobre:    El Impuesto Sobre la Renta de Personas Naturales y Jurídicas.    El Régimen Simple de Tributación.    El Impuesto al Patrimonio.    El Impuesto de Timbre Nacional.   Los Impuestos Ambientales.    Los Impuestos Saludables.    Impuesto Nacional sobre Productos de Plástico de un Solo Uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.  Impuesto Nacional al Carbono.  Los Procedimientos Tributarios y Aduaneros.    Las derogaciones. …
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En 2024 desaparecerá la factura tradicional en papel.

En 2024 desaparecerá la factura tradicional en papel.

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La Resolución 008 de 2024 define el calendario de implementación para la generación y transmisión, de forma electrónica, de los documentos equivalentes. Entre el 1 de mayo y el 1 de noviembre son los plazos para la implementación, de acuerdo con la clasificación del contribuyente o el tipo de documento equivalente. Desde ya, la DIAN acompañará y orientará a los contribuyentes para que cumplan con la obligación dentro de los plazos establecidos. Medellín, D.C., 15 de febrero de 2024 De manera paulatina, durante 2024, quienes expidan tiquetes de máquina registradora con sistema POS y otros equivalentes a la factura de venta, tendrán que implementarlos electrónicamente.  Para tal fin, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) amplió, con la expedición de la Resolución 008 del 31 de enero de 2024,…
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El Formulario 330 para presentar la declaración anual del Impuesto sobre productos plásticos de un solo uso está disponible

El Formulario 330 para presentar la declaración anual del Impuesto sobre productos plásticos de un solo uso está disponible

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El plazo para presentarlo y pagarlo se vence el 23 de febrero para lo correspondiente al año gravable 2022 y el año gravable 2023. Quienes hayan presentado una sola declaración por los dos años deben hacer la corrección y hacerlo por separado. El próximo 23 de febrero vence el plazo para la presentación y pago del Impuesto a los plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes. Esta fecha aplica para todos los obligados a hacerlo, independientemente del Número de Identificación Tributaria (NIT) que tengan.  En esta oportunidad, los productores e importadores de estos bienes deben presentar una declaración por las operaciones llevadas a cabo durante la fracción del año gravable 2022 en la que entró en vigor el impuesto y otra por el año gravable…
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Tratamiento de los ingresos derivados de los viáticos en las relaciones laborales o legales y reglamentarias y en la prestación de servicios.

Tratamiento de los ingresos derivados de los viáticos en las relaciones laborales o legales y reglamentarias y en la prestación de servicios.

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i) El tratamiento de los ingresos derivados de los viáticos sólo es predicable de las relaciones laborales, reiterando lo manifestado en los Oficios 026040 de octubre 16 de 2019 y 058090 de julio 17 de 2009.ii) Si “el contratista de prestación de servicios recibe remuneraciones por diversos conceptos como transporte,manutención y alojamiento dentro del pago de su compensación por servicios personales, es decir, parte del pago delos servicios contratados, este valor, debe ser catalogado como ingreso gravado ” (subrayado fuera de texto) y se encuentra sometido a retención en la fuente. Tratamiento-de-los-ingresos-derivados-de-los-viaticos-en-las-relaciones-laboralesDescarga
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DoctriFlash No. 28 – enero 2024

DoctriFlash No. 28 – enero 2024

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Este flash informativo ha sido preparado por la Subdirección de Normativa y Doctrina de la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN para mantener actualizada a la ciudadanía en general de los más relevantes y recientes pronunciamientos doctrinales sobre la interpretación normativa tributaria, aduanera y cambiaria de competencia de la Entidad. Para conocer el texto del concepto u oficio, podrá acceder con el número del concepto u oficio respectivo a la página de internet www.dian.gov.co ingresando por el ícono de “Normatividad” –“Doctrina”, haciendo click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”. DoctriFlash-28-ene24Descarga
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Colombia fortalece medidas contra los evasores de impuestos: la Corte Constitucional avaló penas privativas de la libertad

Colombia fortalece medidas contra los evasores de impuestos: la Corte Constitucional avaló penas privativas de la libertad

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La Reforma Tributaria de 2022 (Ley 2277 de 2022) bajó los montos con los que la omisión de activos o inclusión de pasivos y la defraudación tributaria son castigados con privación de la libertad. En el primer caso las condenas pueden ir entre los 4 y los 13 años y medio; y en el segundo, entre los 3 y los 7 años y medio. La ley también prohibió que la acción penal se extinguiera ilimitadamente con el pago de los impuestos, sanciones e intereses.  Todas estas medidas fueron avaladas por la Corte Constitucional. Bogotá D.C., 8 de febrero de 2024. La Corte Constitucional declaró exequible el Título VI de la Ley 2277 de 2022 (Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social), que modificó el Código Penal en su Capítulo XII del…
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La Corte declaró que la modificación que se introdujo en la reforma tributaria a los delitos fiscales cumplió con los principios de consecutividad e identidad flexible propios del trámite legislativo

La Corte declaró que la modificación que se introdujo en la reforma tributaria a los delitos fiscales cumplió con los principios de consecutividad e identidad flexible propios del trámite legislativo

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Sentencia C-019/24M.P. DIANA FAJARDO RIVERAEXPEDIENTE: D-15096 La Corte declaró que la modificación que se introdujo en la reforma tributaria a los delitos fiscales cumplió con los principios de consecutividad e identidad flexible propios del trámite legislativo y, declaró que la determinación del ingreso base de cotización para los independientes y la reducción transitoria de sanciones propuestas o determinadas por la ugpp respecto de contribuciones parafiscales de seguridad social, se ajustaron al principio de unidad de materia. Adicionalmente, la corte resolvió estarse a lo resuelto en la sentencia c-384 de 2023, que declaró ajustado a los principios de legalidad y certeza del tributo, el que los usuarios industriales de las zonas francas acuerden, suscriban y cumplan un plan de internacionalización y anual de ventas para efectos de aplicar la tarifa preferente…
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