En cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia de radicación No. 28927 del 13 de marzo de 2025 proferida por la Sección Cuarta del Consejo de Estado ¿es aplicable el procedimiento de reintegro de valores retenidos de acuerdo con el artículo 1.2.4.16 del Decreto 1625 de 2016? CONCEPTO-008645-DIANDescarga
Las notas crédito son documentos electrónicos que se derivan de las operaciones de venta de bienes y/o prestación de servicios que han sido previamente facturados, asociadas o no a una factura electrónica de venta, mediante el Código Único de Factura Electrónica -CUFE cuando sea el caso, las cuales se generan por razones de tipo contable y/o fiscal, cumpliendo las condiciones, términos, mecanismos técnicos y tecnológicos que para el efecto señale la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN. CONCEPTO-008632-DIANDescarga
Le recordamos las siguientes obligaciones para el mes de agosto de 2025, según el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con lo establecido en el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023 - (Comunicado de Prensa N°.099 del 11 de diciembre de 2024). Para el mes de agosto de 2025, las obligaciones tributarias a cumplir son: Presentación y pago de la Declaración de Retención en la Fuente, todo agente de retención y/o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al mes de julio, entre el 12 y el 26 de agosto. Declaración y pago de Renta Personas Naturales año gravable 2024, entre el 12 de agosto y el 24 de octubre. Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional…
¿Debe incluirse en la base gravable del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación (RST) el valor total de venta de un activo fijo poseído por menos de dos años, o únicamente la utilidad generada por dicha enajenación en aplicación al criterio contable conforme al artículo 21-1 del Estatuto Tributario (E.T.), el cual reconoce como ingreso únicamente la utilidad generada en la operación? CONCEPTO 008515 DIANDescarga
¿Aplica la exención del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) prevista en el numeral 6 del artículo 879 del Estatuto Tributario (E.T.) a la transferencia de recursos realizada desde una cuenta sponsor hacia la cuenta CUD de la entidad administradora del sistema de pagos, cuando es ordenada por una cooperativa de ahorro y crédito no vigilada por la Superintendencia Financiera, con el fin de constituir prefondeos vinculados a su uso del servicio Transfiya? CONCEPTO 008514 DIANDescarga
¿Es procedente que la DIAN profiera liquidación de aforo a contribuyentes del Régimen Simple de Tributación (RST), que no hayan presentado declaraciones del Impuesto sobre la renta correspondiente a períodos anteriores al momento de la inscripción en el mencionado régimen? CONCEPTO 008513 DIANDescarga
La DIAN, a través del DoctriFlash N.º 45 correspondiente a junio de 2025, expone sus más recientes interpretaciones doctrinales en materia tributaria, aduanera y cambiaria. Entre los temas destacados se encuentra el tratamiento del impuesto de timbre en contratos de mandato y cooperación internacional, nuevas precisiones sobre facturación electrónica, el tratamiento de ingresos por obras e inversiones reguladas (POIR), y las reglas sobre el retiro de saldos de cuentas AFC en el régimen SIMPLE. Además, se abordan aspectos clave del régimen sancionatorio aduanero, como la aprehensión de medios de transporte y errores en la declaración de importación. Este boletín busca mantener informados a los contribuyentes y profesionales sobre las posiciones oficiales de la administración tributaria colombiana. DoctriFlash-45-junio-2025Descarga
DIAN y Fiscalía avanzan en la judicialización de 11.477 agentes retenedores que omitieron transferir recursos al Estado. En lo que resta del año, la DIAN intensificará sus jornadas de cobro que incluirán embargos masivos y visitas, en una ofensiva sin precedentes contra la evasión fiscal.Bogotá, D.C., 14 de julio de 2025. En las próximas horas, un total de 11.477 contribuyentes serán imputados por, al parecer, haber incurrido en el delito de omisión del agente retenedor o recaudador, al no consignar al Estado los dineros que habrían recaudado por concepto de Retención en la Fuente, Impuesto sobre las Ventas (IVA) o Impuesto Nacional al Consumo (INC), como lo establece el artículo 402 del Código Penal, recursos que alcanzan los $697.000 millones. Así lo anunció la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales…
Para que proceda la imposición de la sanción por omitir ingresos o servir de instrumento de evasión, prevista en el artículo 669 del Estatuto Tributario (E.T.), ¿El representante legal de una sociedad que sirvió como instrumento de evasión tributaria debe ostentar la calidad de responsable del impuesto sobre las ventas a la que alude el artículo antes mencionado? A efectos de contabilizar el término de dos (2) años previsto en el artículo 638 del E.T., en el trámite de imposición de la sanción del artículo 669 del E.T. en contra del representante de una sociedad que sirvió como instrumento de evasión tributaria, ¿se debe tener en cuenta la declaración de renta y complementarios o de ingresos y patrimonio de la sociedad? oficio_dian_9663_2025Descarga