Decreto No. 0174 – Costo fiscal de los activos fijos

Decreto No. 0174 – Costo fiscal de los activos fijos

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Por el cual se reglamentan los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario y se sustituyen los artículos 1.2.1 .17.20. y 1.2.1.17.21. del Capítulo 17 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para ajustar el costo fiscal de los activos fijos. "Artículo 1 .17.20. Ajuste del costo de los activos fijos. Los contribuyentes podrán ajustar el costo los activos fijos por el año gravable 2024, en diez comas noventa y por ciento (10,97%) de acuerdo con lo previsto en el artículo 70 del Estatuto Tributario." Decreto 0174_Ajuste al costo de los activos fijos_13feb2025Descarga
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DoctriFlash DIAN No. 40 – Enero de 2025

DoctriFlash DIAN No. 40 – Enero de 2025

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Este flash informativo ha sido preparado por la Subdirección de Normativa y Doctrina de la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN para mantener actualizada a la ciudadanía en general de los más relevantes y recientes pronunciamientos doctrinales sobre la interpretación normativa tributaria, aduanera y cambiaria decompetencia de la Entidad. Para conocer el texto del concepto u oficio, podrá acceder con el número del concepto u oficio respectivo a la página de internet www.dian.gov.co ingresando por el ícono de “Normatividad” –“Doctrina”, haciendo click en el enlace “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”. DoctriFlash-40-ene25Descarga
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PR. Por la cual se precisan los requisitos, el procedimiento y las condiciones para la cancelación de oficio de la inscripción del RUT por inactividad tributaria.

PR. Por la cual se precisan los requisitos, el procedimiento y las condiciones para la cancelación de oficio de la inscripción del RUT por inactividad tributaria.

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Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución del 12 al 22 de febrero de 2025, a través del siguiente buzón:  asistenciainterna@dian.gov.co Este buzón es de uso exclusivo para recibir únicamente comentarios al proyecto de resolución, favor abstenerse de enviar comunicaciones diferentes. Una vez vencido el termino de publicación aquí previsto no se recibirán comentarios. Descarga aquí el Proyecto de Resolución
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La Corte Constitucional se inhibió de emitir un pronunciamiento de fondo en las demandas presentadas en contra de los artículos que regulan el impuesto al patrimonio

La Corte Constitucional se inhibió de emitir un pronunciamiento de fondo en las demandas presentadas en contra de los artículos que regulan el impuesto al patrimonio

Novedades
ÚNICO. Declararse INHIBIDA para conocer la demanda propuesta contra los artículos 35, 36, 37, 38 y 39 de la Ley 2277 de 2022 “Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones” por los cargos propuestos por la presunta vulneración de los artículos 95.9, 363 y 317 de la Constitución Política por ineptitud sustantiva de la demanda en los términos expuestos en la parte motiva de esta providencia. Sentencia C-031-25Descarga
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Hacienda Bogotá les estará recordando su obligación pendiente

Hacienda Bogotá les estará recordando su obligación pendiente

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Los contribuyentes pueden acudir al punto de atención especializada ubicado en la carrera 19 No. 114 – 65. El llamado de la Secretaría de Hacienda a los contribuyentes es a que se pongan al día con sus impuestos. La entidad enviará mensajes informativos y persuasivos por WhatsApp y correo electrónico a 567 contribuyentes. En el punto de atención especializada ubicado en la carrera 19 No. 114 – 65, los contribuyentes recibirán atención presencial, con previo agendamiento, para resolver inquietudes y pagar en ese mismo lugar. Bogotá, 10 de febrero de 2025. Un grupo de 567 grandes contribuyentes, clasificados así bajo la resolución DDI-023769 del 29 de noviembre de 2021, le deben a la ciudad más de $131 mil millones, por concepto de impuesto Predial y de Vehículos 2024. Frente a este…
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Situación fiscal, el gran nubarrón en el panorama económico

Situación fiscal, el gran nubarrón en el panorama económico

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Publicada en La Opinión el 3 de febrero de 2025 Pese a que el Gobierno realizó hace poco un gran recorte en el presupuesto para la actual vigencia, analistas sugieren que el país deberá ‘abrocharse el cinturón’ mucho más si no quiere sobrepasar los topes fiscales. Frente a los retos que le esperan al país, el director ejecutivo de Fedesarrollo, Luis Fernando Mejía, señaló que en primera instancia el país necesitará un nuevo recorte presupuestal si desea cumplir la regla fiscal de la actual vigencia. “Lo primero es que el panorama fiscal para el 2025 es difícil porque si bien el gobierno ha hecho un aplazamiento del presupuesto de 12 billones de pesos en nuestros cálculos, el gobierno tendrá que hacer un recorte adicional de cerca de 28 billones de pesos, es decir, en total lo que se requiere es un recorte de alrededor…
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Trabajadores son los propietarios de los $464,8 billones acumulados en sus fondos pensionales

Trabajadores son los propietarios de los $464,8 billones acumulados en sus fondos pensionales

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Rendimientos generados en 2024 ($51,8 billones) fueron los más altos en 31 años de operación de los fondos de pensiones en Colombia. “Este ahorro es el resultado del esfuerzo de trabajadores, empleadores y fondos de pensiones”: Andrés Velasco, presidente de Asofondos. Resultados de 2024 muestran las bondades de construir y multiplicar ahorro en horizontes de largo plazo a través de estrategias de inversión muy diversificadas y en las manos más expertas (Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia). Bogotá, 10 de febrero de 2025. La Asociación Colombiana de Administradores de Fondos de Pensiones y Cesantías, Asofondos, reveló cómo le fue al ahorro de los trabajadores en 2024, año que permitió registros históricos tanto en el monto total como en los rendimientos generados. De acuerdo con los datos reportados por Colfondos, Porvenir, Protección y…
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Deducción por dependientes económicos domiciliados en el exterior

Deducción por dependientes económicos domiciliados en el exterior

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Los padres y hermanos que se encuentren en situación de dependencia por ausencia de ingresos, que estén domiciliados fuera de Colombia y/o cuya nacionalidad sea extranjera, ¿pueden ostentar la calidad de dependientes de un residente fiscal colombiano, para efectos de la deducción por dependientes señalada en los artículos 336 y 387 del Estatuto Tributario? Si. La deducción por dependientes económicos procede en relación con los padres y hermanos del contribuyente, sin que haya lugar a distinción por su nacionalidad o domicilio, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en el numeral quinto del parágrafo segundo del artículo 387 del Estatuto Tributario. CONCEPTO 000199 DIANDescarga
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Con tres impuestos de conmoción, Gobierno espera recaudar $1 billón para atender crisis en Catatumbo

Con tres impuestos de conmoción, Gobierno espera recaudar $1 billón para atender crisis en Catatumbo

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El Gobierno nacional creará tres impuestos al amparo de la declaratoria del estado de conmoción interior con los cuales aspira a recaudar un poco más de un billón de pesos durante los 90 días que está previsto el estado de excepción. Así lo anunció este martes en la plenaria de la Cámara de Representantes la viceministra Técnica de Hacienda, Juanita Villaveces Niño, quien asistió a la sesión especial en la que el Gobierno explicó los argumentos por los cuales se decretó la conmoción.  “Se establecieron tres medidas tributarias que buscan el recaudo de $ 1 billón 63 mil millones, durante los 90 días de la conmoción, para poder atender la situación que se requiere en este momento en la región del Catatumbo”, explicó la funcionaria. Los tres impuestos que se…
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Plazos para declarar y pagar impuestos nacionales en febrero de 2025

Plazos para declarar y pagar impuestos nacionales en febrero de 2025

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Le recordamos las siguientes obligaciones para el mes de Febrero de 2025, según el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con lo establecido en el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023.    Para el mes de febrero de 2025, las obligaciones tributarias a cumplir son: 1. Pago de la primera cuota del impuesto sobre la Renta y Complementario por el año gravable 2024, entre el 11 y el 24 de febrero. 2. Presentación y pago de la Declaración de Retención en la Fuente, todo agente de retención y/o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al mes de enero, entre el 11 y el 24 de febrero. 3. Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina…
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