
¿El pago del cupón (e.g. intereses o dividendos) de un valor objeto de una operación de transferencia temporal de valores (TTV) inscrito en una bolsa de valores en el contexto del artículo 2.36.3.1.3. del Decreto 2555 de 2010, está sometido a retención en la fuente teniendo en cuenta la calidad del originador, cuando el propietario del valor sea el receptor?